LA LEY 4/2012, DE 6 DE JULIO, DE APROVECHAMIENTO POR TURNO DE BIENES DE USOS TURÍSTICOS: ¿NUEVO PRODUCTO TURÍSTICO?

Autores

  • Francisca Ramón Fernández Universitat Politècnica de València

DOI:

https://doi.org/10.28998/10.28998/RITURritur.V4.N1.A1270pp.85-941270

Palavras-chave:

Aprovechamiento por turno de bienes de usos turístico, producto turístico, aspectos legales, Ley 4/2012, de 6 de julio

Resumo

Los productos turísticos adaptados a las TICs y a la combinación entre propiedad y arrendamiento ha sido objeto de legislación desde 1998. La mal denominada multipropiedad, también conocida como aprovechamiento por turno de bienes de usos turístico ha sido regulada recientemente, junto con otros contratos como los productos vacacionales de larga duración. En este trabajo exponemos su consideración como producto, así como los cambios introducidos en la Ley 4/2012, de 6 de julio, y su apertura al ámbito del turismo activo.

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Biografia do Autor

Francisca Ramón Fernández, Universitat Politècnica de València

Profesora Titular de Derecho civil

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Publicado

02-07-2014

Como Citar

Fernández, F. R. (2014). LA LEY 4/2012, DE 6 DE JULIO, DE APROVECHAMIENTO POR TURNO DE BIENES DE USOS TURÍSTICOS: ¿NUEVO PRODUCTO TURÍSTICO?. RITUR - Revista Iberoamericana De Turismo, 4(1), 85–94. https://doi.org/10.28998/10.28998/RITURritur.V4.N1.A1270pp.85-941270

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